17 enero, 2022
Flash # 1: Superintendencia de Sociedades, pérdidas fiscales, prima en colocación de acciones e hipótesis de negocio en marcha
Estimados Clientes y otros Amigos, les deseamos un buen y feliz año 2022, con salud y éxitos para ustedes y sus Familias.
Por otra parte, el 20 de diciembre de 2021 la Superintendencia de Sociedades emitió el Oficio # 220-243263 (anexo), en el cual expresa su opinión sobre diversos temas relacionados con el cumplimiento de la causal de disolución de “hipótesis de negocio en marcha”, del cual queremos destacar lo siguiente:
- Reitera que la configuración de la causal de disolución por pérdidas relativa al cumplimiento de la “hipótesis de negocio en marcha” se encuentra suspendida por 24 meses, a partir de la expedición del Decreto 560 de 15 de abril de 2020, lo cual significa que la suspensión cesa e 15 de abril de 2022.
Lo anterior significa que, si bien causal de disolución por pérdidas no sería aplicable a los EEFF de 2021 si la Asamblea Ordinaria de Accionistas se desarrolla dentro de los primeros tres meses del año, como lo prevé el Código de Comercio, al volver a regir el 16 de abril de 2002, se debe ir avanzando en su análisis, ya que deberá evaluarse en el siguiente corte de EEFF.
- Que no es posible enjugar pérdidas contables contra el capital, ni contra la prima en colocación de acciones, razón por la cual se debe acudir a las reservas patrimoniales.
- Que sí es posible reducir el capital y la prima en colocación de acciones, siguiendo las reglas de la disminución de capital.
Anexamos copia del Oficio, el cual sugerimos revisar con detenimiento por parte de quienes tengan dudas que, a partir de 16 de abril de 2002, puedan empezar a anticipar retos para el cumplimiento de la “hipótesis de negocio en marcha”.
Esperamos que esta información les sea útil,